Dándole seguimiento al tema anterior, las leyes expuestas en esta lectura están relacionadas en el siglo XXI donde se crearon marcos legales que fueran a la par con el acelerado desarrollo de las tecnologías. Donde las leyes cambian sus reformas haciendo apartados de uso público y social. Se crearon durante este siglo XXI leyes como el IFAI, el decretazo, el tiempo de estado y la ley Televisa.
Se empezó con la repartición de tiempo para los programas de radio, es decir, que había cierto tiempo dedicado para deportes, educación, entretenimiento, etc pues en el Reglamento Federal de radio y televisión en el TÍTULO QUINTO De la programación, Capítulo I Del tiempo del Estado:
Artículo 15.- Es obligación de las estaciones de radio y televisión incluir gratuitamente en su programación diaria, treinta minutos, continuos o discontinuos, sobre acontecimientos de carácter educativo, cultural, social, político, deportivo y otros asuntos de interés general, nacionales e internacionales, del material proporcionado por la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía.
Con el decreto de 2002, se derogaba el 12.5 de tiempo fiscal vigente para las
estaciones comerciales de radio y televisión. De esta forma, las estaciones dejaron de destinar la octava parte de su tiempo total de transmisión que estaba a disposición de los mensajes elaborados por el Estado, aquí se hizo una distribución y cambio al pago fiscal de los programas y se estipulo el horario que hoy 2020 aún sigue vigente: de las 6 am a las 24 horas. Así, la televisión solo destinaría 18 minutos diarios como pago fiscal y la radiodifusión sonora brindaría al estado 35 minutos
En la ley televisa, El Universal el día 12 de Junio del 2007 salió un artículo escrito por Gabriel Sosa Plata (anexo artículo) https://archivo.eluniversal.com.mx/finanzas/58306.html donde se explica la pregunta ¿quién le llamo por primera ves ley Televisa? asi como datos y muestras de estadistica sobre esta ley. Entender la lógica detrás de la Ley Televisa no es difícil. En lo esencial, la Ley Televisa implementa una política en materia telecomunicaciones que se puede resumir en tres ejes principales.
a) El primer eje busca consolidar y profundizar el dominio de los concesionarios de radiodifusión1 sobre el espectro radioeléctrico,2 asemejando los derechos de los concesionarios sobre el espectro radioeléctrico a aquellos que sobre otro tipo de bienes tienen los propietarios.
b) El segundo eje procura expandir el ámbito de acción de los concesionarios, extendiendo su actividad más allá de la radiodifusión tradicional y proyectándolo a mercados de telecomunicaciones diversos al de radiodifusión, como por ejemplo telefonía, Internet, radio, etc.
c) El tercer eje protege a los concesionarios de radiodifusión de la posibilidad de tener un regulador efectivo, estableciendo a un órgano regulador —la COFETEL— que se caracteriza por su separación del gobierno federal y su debilidad frente a las empresas radio difusora
Los cambios y estipulaciones antes mencionadas se dieron en el sexenio de Vicente Fox Quesada, en América Latina ya estaban fuertes las radio difusoras, pero en México no así que Fox permitió el paso a esta llamada «innovación» prometiendo en su sexenio transparencia, trajo los medios de comunicación para poder fortalecer esta «transparencia». En 2020 los indices de audiencia han disminuido ¿te has preguntado por qué? En clase se expuso algunas razones como:
La publicidad es más, se atiborran de comerciales publicitarios dejando poco espacio para el programas, además, se tiene que esperar a un horario para poder escuchar el programa que se te apetezca, los medios digitales han superado su audiencia pues se hace lo contrario, por ejemplo: Para ver Netflix lo puedes hacer las 24 horas donde tienes la libertad de escoger tus gustos y con base a ello se te recomienda más, las playlist como en la plataforma de Spotify te permite escuchar inclusive música sin internet y por un pago mensual se te da la oportunidad de quitar esa publicidad obligada, ver videos en YouTube te da la opción de quitar el anuncio e inclusive nos harta esperar 5 segundos a que pase esa publicidad. Hemos agudizado el estimulo de acción-reacción inmediata y por ello nos hemos vuelto mas intolerables a la espera.
EXPOSICIONES VISTAS EN CLASE
COFEPRIS Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Es un órgano y es libre de permar su plan de trabajo y crear sus normas para la prevención de la salud. La COFEPRIS es el organismo rector en materia de regulación sanitaria del gobierno de la república mexicana, Funciones: entre algunas esta el Control y fomento sanitarios mediante el artículo 17 bis de la Ley general de salud, impone sanciones y aplica medidas se seguridad que permiten regular la entrada de productos sin que sea dañino al público consumidor
Además, crea nuevas políticas de protección con base a las nuevas epidemias que se están generando, la COFEPRIS se ha juntado este 2020 con la Secretaria de salud para que el Coronavirus no sea un problema en las medidas de protección de productos (sobre todo de comida). Regula las industrias mas importantes del país, por ejemplo. Cosméticos,sector de salud, de turismo COFEPRIS solo es nacional, revisan transportación e importación.
Protección al Consumidor en Perú
INDECOPI El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, es un organismo público autónomo especializado del Estado Peruano, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros con personería jurídica de derecho público. Fue creado en noviembre de 1992, mediante el Decreto Ley N° 25868.
Es la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor que fomenta en el mercado mejores decisiones de consumo, garantizando la protección de la salud y seguridad de los consumidores. Además de promover mecanismos para la prevención y solución de conflictos a nivel nacional. Ejecuta la política nacional de protección del consumidor y el Plan Nacional de Protección de los Consumidores, propone la normativa en materia de consumo, con la opinión de los sectores productivos, de servicios y de consumo, y formula y ejecuta las acciones necesarias para fortalecer tu protección y los mecanismos para la defensa de tus derechos.
Tienen bastantes funciones, sin embargo, para este apartado me confiere compartirte la parte del consumidor. He visualizado que cada país tiene su organización para la protección del consumidor y cada una se apega a los mismos derechos y deberes, como lo mencione en una entrada esto de los derechos y deberes esta decretado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) por ello se cumple un patrón. Cada uno se acomodo a las necesidades de su población y cada organización rigue distintas leyes y se aplican de manera general.
Reflexiono que entender el Siglo XXI en cuestión al desarrollo de medios digitales es un tema complejo, antes la única verdad que podíamos creer era por medio de la tele y radio, muchas personas se encargaron de denegar , por ejemplo Anabel Hernández García, periodista e investigadora que ha indagado temas que se manipulan en los medios, ahora la puntualidad de los medios se toma a juego pues los medios digitales se encargan de desmentir, pero ojo, esta manipulación es muy vulnerable. Como comunicadora transmitir con argumentos y dar fuentes es fundamental para la credibilidad de mi trabajo/investigación no solo para un medio serio, sino también para cualquier cosa que quiera documentar.
Comento ya integrando las exposiciones y el tema general, los medios digitales han permitido tener información a la mano, estas organizaciones tienen sus páginas y permiten la transparencia de lo que hacen pues su fin es un apoyo social, creo que lo digital ha beneficiado a la rápida transmisión de información y si se maneja de la forma correcta se pueden llegar a buenos resultados.
*La clase fue muy amena, el profesor explico de manera mas concreta y con ejemplos reales las aplicaciones de estas leyes y el como ha repercutido en el ámbito político y social, se hizo un análisis de estos medios y las exposiciones estuvieron bien manejadas aunque en el tema de Perú un integrante se desvió un poco del tema y dio ejemplos demás creándome confusiones.
REFERENCIAS
Gómez García, Rodrigo & Sosa Plata, Gabriel. Quaderns del CAC, p. 65-82, 2006-05-01. Disponíble en: https://www.researchgate.net/publication/242285274
https://archivo.eluniversal.com.mx/finanzas/58306.html
Zambrano, J. Madrazo, A. (2007). La Ley de Televisa ante la Suprema Corte. México: Scielo. disponible en: http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1405-02182007000100003
INDECOPI https://www.indecopi.gob.pe/
COFEPRIS https://www.gob.mx/cofepris
